TSJ DECLARA NULAS ACTUACIONES DE LA ASAMBLEA NACIONAL POR PERSISTIR EN EL DESACATO
. La Sala Constitucional emitió las sentencias Nros. 02 y 03 del 11 de enero de 2017.
· La sentencia Nro. 02 anula las actuaciones de la AN del 05 y 09 de enero, respectivamente.
· La sentencia Nro. 03 declara la omisión legislativa y autoriza al Presidente a rendir mensaje anual ante el TSJ.
ALCANCE DE LAS SENTENCIAS Nros 02 Y 03 DE LA SALA CONSTITUCIONAL:
1. Las actuaciones parlamentarias desplegadas en las sesiones del 05 y 09 de enero de 2017, son nulas por violatorias a la Constitución y al Reglamento Interior y de Debates. Es decir, SE ANULAN LA DESIGNACIÓN DE LA DIRECTIVA DE LA AN Y LA DECLARATORIA DEL ABANDONO DEL CARGO DEL PRESIDENTE NICOLÁS MADURO.
2. En vista de la imposibilidad para realizar actos válidos, se configura la omisión inconstitucional de la Asamblea Nacional, por lo cual el Presidente de la República, Nicolás Maduro, deberá rendir su mensaje anual ante el TSJ, tal como lo hiciera con el proyecto de Ley de Presupuesto 2017.
3. El TSJ ordena a los diputados y diputadas que se encuentran en omisión parlamentaria inconstitucional, en desacato a varias sentencias del Poder Judicial y en violación permanente de valores, principios y normas constitucionales, que desistan inmediatamente de tales actuaciones y ejerzan sus atribuciones conforme a la Carta Magna y al resto del orden jurídico, no obstante la responsabilidad que puedan generar las mismas.
4. La Sala Constitucional ordena a los diputados que conformaron la Junta Directiva durante el año 2016, que antes de instalar el segundo periodo de sesiones y elegir válidamente a la Junta Directiva para el año 2017, deben hacer cesar el desacato al Poder Judicial, para que la nueva junta sea legítima y los actos de la Asamblea Nacional sean válidos, en acatamiento de las sentencias del TSJ.
5. Por último, el Máximo Tribunal hace un llamado a los diversos actores políticos de la Nación, para que utilicen la vía del diálogo como herramienta fundamental para dirimir las diferencias políticas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario